miércoles, 24 de noviembre de 2010

Documentos internacionales y andinos sobre Diversidad, diferencia e identidad

“Todas las personas tenemos los mismos derechos, obligaciones, libertades y oportunidades en los ámbitos público, privado e íntimo. El gobierno y la sociedad deben respetar nuestros derechos.
Ejercer plenamente los derechos humanos requiere de un ambiente de información, de respeto por la diversidad, de seguridad y protección que el gobierno está obligado a proporcionar.
Las personas con preferencia sexo-afectiva u orientación sexual heterosexual (aquellas que tienen relaciones íntimas con personas del otro sexo), lésbica/gay u homosexual (aquellas que tienen relaciones íntimas con personas de su mismo sexo) o bisexual (con preferencia indistinta), gozamos de los mismos derechos, libertades y oportunidades, en los ámbitos íntimo, privado y público.
Vivir cualquiera de las diferentes preferencias sexo-afectivas no constituye un delito ni una enfermedad; tampoco puede considerarse en sí mismo como agravante.
Mujeres y hombres con cualquier preferencia sexo-afectiva u orientación sexual podemos participar en la defensa, promoción y gestoría de los derechos humanos, informada y activamente.
Reconocer a los diferentes tipos de personas, respetar su forma de vida y sus derechos, es abonar a la convivencia, a la legalidad, a la tolerancia y al cumplimiento de las obligaciones que todas y todos tenemos. …”
Diversidad sexual
EL DERECHO ¿FUNDAMENTAL? A LA DIVERSIDAD SEXUAL Derecho ¿fundamental?
“LA DESCRIMACIÓN COMO POLITICA DE ESTADO….”

Diversidad sexual y derechos humanos


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